martes, 17 de abril de 2007

Análisis de los artículos del 7 al 12 del Código del Trabajo

Art. 7. Señala el concepto de contrato individual de trabajo, además de la especificación de quienes contraten es decir, el trabajador y el empleador y las prestaciones a que se obligan las partes.-
Art.8. Este Artículo señala los servicios que no se constituyen en un contrato de trabajo y las personas que las realizan. No obstante, señala los beneficios extra contractuales laborales que recibirán los trabajadores, pero que en ningún momento constituirán remuneración legal alguna.-
Art.9. Establece que el contrato de trabajo es consensual y que debe contener las solemnidades que señala la ley, además de señalar las sanciones o beneficios que correspondan según cual sea la parte en caso de faltar o cometer infracciones a las solemnidades antes mencionadas. Sin perjuicio de que el empleador mantenga en el lugar de trabajo copia del finiquito según sea el caso.-
Art. 11. Señala modificaciones al contrato de trabajo mencionando para este efecto las solemnidades laborales requeridas exceptuando de dichas solemnidades los reajustes, aumentos, etc. Sin perjuicio de ser actualizado por lo menos una vez al año en el respectivo contrato, y firmado por las partes al dorso del mismo o en documento adherido.-
Art. 12. Trata acerca de las modificaciones que pudiesen afectar la naturaleza del contrato de trabajo por parte del empleador sin que ello importe o cause un menoscabo para el trabajador. Sin perjuicio de que este ultimo pueda reclamar acerca de la decisión tomada por su empleador dentro del plazo legal ante el órgano que corresponda es decir a la respectiva Inspección del Trabajo o bien puede recurrir ante el juez respectivo para que este dicte resolución según sea el caso oyendo previamente a ambas partes.-

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