viernes, 13 de julio de 2007

DEL TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACION.

El art 183 A señala en que consiste el trbajo en regimen de subcontratacion. Junto con ello permite diferenciar dos casos:
1- El de una empresa principal: que va ha trabajar con empleados que no son de sudependencia. Cuya principal caracteristica esque el dueño de la empresa principal no puede dar instrucciones.
2- Empresa proveedora: con sus proveedores. Cuya principal caracteristica es que los trabajadores se contratan para darles ordenes.
El art 183 B señala las formalidades:
- En el primer caso osea de la empresa principal, existe un contrato civil entres esta, y la empresa contratista. La responsabilidad que surge entre ambas empresas respecto de los trabajadores, es solidaria, esto significa que el trabajador puede demandar ha ambas en una misma demanada.
- En el segundo caso de la empresa proveedora, hay una responsabilidad subsidiaria, es decir el trabajador primero se dirige contra el deudor principal y si este no paga se dirige contra el deudor subsidiario.
¿En que situacion se puede contratar?
- Respecto de la empresa principal , el empleador puede contratar a quien quiera. Sin embargo podria decirse que el principal y unico limite es el no poder dar instrucciones.
- Respecto de la empresa proveedora para contratar debe seguir los requisitos establecidos, en el art 183 letra ñ.

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